Imputados: SILVA ABEL OSCAR, arg., 55 años.-
SÁNCHEZ JIMÉNEZ OSCAR HERNÁN, venezolano., 65 años.-
Lugar: DARWIN AL 400 SARANDÍ – AVELLANEDA.-
INTERVIENE: UFIyJ n° 1 y Juzg. Gtias. n° 3 del Dpto. Judicial Avellaneda-Lanús.
EXTRACTO: Fecha y hora actual, Cca. Avellaneda 4ta. GTO de este elemento, con apoyo de Avellaneda 6ta, Avellaneda 7ma, GIACS Avellaneda y Policía Local Avellaneda, procedió a cumplimentar orden de allanamiento y secuestro en relación a IPP 20-00-000241-25 caratulada SÁNCHEZ VIZCAYA, DIANA JULIANA y otros s/COMISIÓN DE DELITO DE ACCIÓN PÚBLICA, por así haberlo dispuesto UFI Nro. 01 a solicitud del Juzgado de Garantías Nro. 03, del Dpto. Judicial Avellaneda-Lanús, en el marco de tareas de investigación realizadas por personal del GTO, sobre hecho denunciado por los vecinos y la víctima GRACIELA L., de 79 años, donde refiere amenazas y es extorsionada por parte de tres individuos que habían ingresado como inquilinos del lugar y ante el fallecimiento de su concubino se apropiaron de toda la vivienda confinándola a la víctima a vivir en una pequeña habitación, mientras los imputados disfrutaban de toda la vivienda y hasta de los ingresos por la jubilación, sacándole préstamo millonario dado que tenían en su poder la tarjeta del banco Piano y su DNI, el cual le descuentan todos los meses y ella no recibió un peso del mismo, amenazándola continuamente que la iban a encerrar en un psiquiátrico. Que el objetivo arroja resultado POSITIVO, identificándose en el interior del inmueble a SILVA ABEL OSCAR y SÁNCHEZ JIMÉNEZ OSCAR HERNÁN, incautándose en la habitación del primer nombrado, medicación de la víctima, a quien restringían su acceso, poniendo ello en riesgo la salud de la misma. Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en la misma pieza judicial, se procede a la exclusión del hogar de los nombrados, siendo restituido el inmueble a la víctima Loza y se excluyó del hogar a los imputados menos a SÁNCHEZ VIZCAYA, DIANA JULIANA que no se encontraban, cumpliendo así con la manda judicial. Mantenida comunicación con el magistrado interviniente mismo avala el accionar policial, disponiendo diligencias de rigor.